Para realizar el reconocimiento a niño, niña o adolescente, el interesado debe consignar, personalmente en la Oficina Consular los siguientes recaudos:
El reconocimiento sólo surtirá plenos efectos jurídicos en el territorio nacional, una vez que se estampe la nota marginal de reconocimiento en el acta de nacimiento insertada o inscrita en la Oficina y/o Unidad de Registro Civil correspondiente
OBSERVACIÓN
Todo documento público extranjero (no emitido por un organismo venezolano) debe presentarse original, legalizado y con la apostilla de La Haya para que tenga validez en Venezuela.
Importe:
Este trámite está exento del pago de Derechos Consulares (Ley Orgánica del Servicio Consular Art. 55). (Código Civil Vigente Art. 472).
Es imprescindible reservar cita previa, para solicitarla deberá consignar la documentación presencialmente para la revisión respectiva, si todo está correctamente se le asignará cita para la inserción del registro en este consulado general, respetando el orden de entrega de la documentación.
Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Vigo
C/Velázquez Moreno Nº3. C.P.: 36201 - Vigo, Pontevedra - Tlfns: (34) 986 434 622