Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Vigo

Registro de poderes


 PODERES ESPECIALES Y GENERALES:
Se informa a los usuarios que al insertar estos poderes, esta Misión Consular, procede como una Notaría.


Según el Artículo 1687 del Código Civil Venezolano los poderes pueden ser:

Poder Especial
Para un negocio o para ciertos negocios solamente.
Esta actuación Genera Derechos Consulares de cien (100) euros

Poder General
Para todos los negocios del mandante.
Esta actuación Genera Derechos Consulares de trescientos (300) euros.

NOTA:
El documento debe ser redactado por un abogado o abogada venezolano (a).

•    En el documento deben constar los siguientes datos: Identificación tal como consta en la cedula de identidad, dirección completa, número telefónico y correo electrónico tanto del/la otorgante y del/la apoderado (a).

•    El documento debe finalizar con la coletilla: En el Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Vigo, Provincia de Pontevedra, Reino de España, a la fecha de su autenticación.

PROCEDIMIENTO PARA LA REVISIÓN DE PODERES ESPECIALES Y GENERALES

•    Vía On Line    (Únicamente para usuarios que residan fuera de la Ciudad de Vigo)
     *Enviar el borrador del poder a nuestro correo electrónico: consuladodevenezuelaenvigo@gmail.com, (Escaneado y firmado por el abogado. (Colocar en el asunto: SOLICITUD REVISION DE PODER)

     * Adjuntar copia digitalizada (Legible) de la cédula de identidad del/la otorgante y del/la apoderado (a).

    *Copia de cédula e Inpreabogado del abogado o abogada (En una sola hoja)

    * Indispensable indicar un número telefónico

   *Una vez efectuada la revisión, le enviaremos las instrucciones debidas para la autenticación del documento.

Envíe un único archivo con todos los documentos

 

   Presencial: Traer el borrador del documento a nuestra Sede Consular para su revisión, (firmado por el/la abogado/a), anexar los requisitos anteriormente mencionados.


 NOTA:

Si de la revisión no resultaran correcciones, se procederá inmediatamente a la autenticación del documento.

Si de la revisión surgiesen correcciones, el abogado o abogada, subsanará dichas modificaciones y firmará con tinta azul en el apartado correspondiente junto a su INPRE o IPSA, posteriormente le deberá entregar al interesado (a) el documento original, para proceder a su autenticación.

Si se otorgase un poder en representación de una empresa, es necesario presentar copia del Registro Mercantil y Acta de Asamblea.

Si se otorgase un poder como apoderado (a) de otra persona, deberá presentar copia del poder que lo autoriza.
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PODER ESPECIAL PARA APOSTILLAR

A los venezolanos y venezolanas residentes en el exterior, se informa que desde el día 01/07/2019, se ha elaborado un nuevo modelo de poder especial para legalización y apostilla de documentos tramitados en nuestro país, solicitudes ante instituciones educativas, públicas y privadas, órganos y entes de la administración pública nacional, entre otros.

Esta actuación genera derechos consulares de cien (100) euros

PROCEDIMIENTO:

El interesado (a) debe presentarse en nuestra Sede Consular

Presentar copia de la cédula de identidad del/la otorgante y del/la apoderado (a).

Tiempo para realizar el  trámite: En el mismo día


REVOCATORIO DE PODERES

PROCEDIMIENTO:

Para la revocatoria de un poder se aplicará el mismo procedimiento de los poderes especiales y generales.

Anexar copia del poder a ser revocado.

NOTA:
Los aranceles consulares dependerán del tipo de poder a revocar. Cien (100) euros para revocatoria de poderes especiales y trescientos (300) euros para revocatoria de poderes generales).

 

 

 

 

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