Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Vigo

Registro de poderes

 
PODERES ESPECIALES Y GENERALES:
Se informa a los usuarios que, al insertar estos poderes, esta Misión Consular, procede como una Notaría.

Según el Artículo 1687 del Código Civil Venezolano los poderes pueden ser:

Poder Especial
Para un negocio o para ciertos negocios solamente.
Esta actuación Genera Derechos Consulares de cien (100) euros

Poder General
Para todos los negocios del mandante.
Esta actuación Genera Derechos Consulares de trescientos (300) euros.

NOTA:
El documento debe ser redactado por un abogado o abogada venezolano (a).

•    En el documento deben constar los siguientes datos: Identificación tal como consta en la cedula de identidad, dirección completa incluyendo código postal, número telefónico y correo electrónico del/la otorgante y del/la apoderado (a).

•    El documento debe finalizar con la coletilla: En el Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Vigo, Provincia de Pontevedra, Reino de España, a la fecha de su autenticación.

PROCEDIMIENTO PARA LA REVISIÓN DE PODERES ESPECIALES Y GENERALES
•    Revisión presencial
•    Presentar el poder firmado por el abogado (a) con tinta azul en nuestra Sede Consular para su revisión,
•    Adjuntar fotocopia legible de la cédula de identidad del/la otorgante y del/la apoderado (a).
•    Fotocopia legible de cédula de identidad del/la otorgante
•     Fotocopia legible de cédula de identidad del/la apoderado (a)
•    Fotocopia de cédula e Inpreabogado del abogado o abogada
•    Inscripción consular

 NOTA:
Si de la revisión no resultaran correcciones, se procederá en el mismo día a la autenticación del documento.

Si se otorgase un poder en representación de una empresa, es necesario presentar copia del Registro Mercantil y Acta de Asamblea.

Si se otorgase un poder como apoderado (a) de otra persona, deberá presentar copia del poder que lo autoriza.

 

 
PODER ESPECIAL PARA APOSTILLAR

A los venezolanos y venezolanas residentes en el exterior, se informa que desde el día 01/07/2019, se ha elaborado un nuevo modelo de poder especial para legalización y apostilla de documentos tramitados en nuestro país, solicitudes ante instituciones educativas, públicas y privadas, órganos y entes de la administración pública nacional, entre otros.

Esta actuación genera derechos consulares de cien (100) euros

PROCEDIMIENTO:

El interesado (a) debe presentarse en nuestra Sede Consular

Inscripción consular

2 Fotocopias de la cédula de identidad del/la otorgante

2 Fotocopias de la cédula de identidad del/la  apoderado (a)

Deberá aportar los siguientes datos: Dirección completa incluyendo código postal, teléfono y correo electrónico delas personas interviniente.


Tiempo para realizar el  trámite: En el mismo día


REVOCATORIO DE PODERES

PROCEDIMIENTO:

Para la revocatoria de un poder se aplicará el mismo procedimiento de los poderes especiales y generales.

Anexar copia del poder a ser revocado.

NOTA:
Los aranceles consulares dependerán del tipo de poder a revocar. Cien (100) euros para revocatoria de poderes especiales y trescientos (300) euros para revocatoria de poderes generales).
 

 

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